RESOLUCIÓN NÚMERO 3 6 8 7 DE 2025 Por la cual se establecen los requisitos mínimos para la elaboración y entrega del informe de seguridad por parte de los responsables de instalaciones clasificadas

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Esta resolución, la Resolución Número 3687 de 2025 del Ministerio del Trabajo, establece las reglas que deben seguir las empresas y entidades para elaborar y entregar un Informe de Seguridad sobre sus instalaciones.

Aquí está un resumen de sus puntos más importantes:


Propósito y Alcance

  • Objeto de la resolución: Establecer los requisitos mínimos para que los responsables de instalaciones que manejan riesgos de accidentes mayores (llamadas «instalaciones clasificadas») elaboren su informe de seguridad.
  • A quién aplica: A toda persona o entidad, pública o privada, que tenga a su cargo una de estas instalaciones.
  • Qué es el Informe de Seguridad: Un documento técnico que contiene información sobre los peligros y riesgos de una instalación. Sirve como base para que el Ministerio del Trabajo realice inspecciones, vigilancia y control.

Obligaciones y Plazos

  • Obligación de presentar: Los responsables deben preparar y presentar el informe al Ministerio del Trabajo.
  • Cómo se presenta: Se debe cargar a través de una herramienta tecnológica dispuesta por el Ministerio.
  • Plazos:
    • Instalaciones existentes: Tienen un plazo máximo de dos (2) años a partir de la publicación de esta resolución para entregar el primer informe.
    • Instalaciones nuevas: Deben entregar el informe antes de que entren en funcionamiento u operación.
  • Actualización: El informe debe actualizarse cada cinco (5) años, o cuando ocurra alguno de los eventos establecidos en el Decreto 1347 de 2021.
  • Sanciones: El incumplimiento de esta resolución puede acarrear sanciones para el empleador o contratante.

Contenidos Mínimos del Informe

La resolución especifica detalladamente la información que debe incluir el informe, organizada en cuatro secciones principales:

  1. Proceso de conocimiento del riesgo:
    • Información general de la empresa y sus instalaciones, incluyendo las sustancias químicas peligrosas presentes.
    • El contexto externo (localización, entorno geográfico, clima, y elementos cercanos que podrían verse afectados por un accidente, como trabajadores, población, recursos naturales e infraestructura).
    • El contexto interno (el sistema de gestión y la organización de la empresa para prevenir accidentes mayores).
    • La identificación y evaluación de los riesgos de accidentes mayores.
  2. Proceso de reducción del riesgo:
    • Las medidas de prevención y mitigación para reducir la posibilidad de un accidente y limitar sus consecuencias.
    • Las medidas de protección financiera, como seguros, para cubrir los daños en caso de un accidente.
  3. Proceso de manejo del desastre:
    • Un Plan de Emergencia y Contingencia (PEC) debe ser presentado como anexo. Este plan debe detallar cómo se prepararán y responderán ante emergencias.
  4. Anexos:
    • Información para el ordenamiento territorial (planos y mapas de las zonas que podrían ser afectadas).
    • El Plan de Emergencia y Contingencia.

En resumen, la resolución establece un marco legal para que las instalaciones clasificadas demuestren que han analizado sus riesgos, han implementado medidas de seguridad y están preparadas para manejar cualquier accidente que pudiera ocurrir.

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